Reglamento para el uso y preservación del bosque de San
Antonio Tlaltecahuacan, Amecameca Estado de México.
INTRODUCCION
De
acuerdo con LEY GENERAL 64. Establece
las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del
medio ambiente y los recursos naturales, asegurando su uso sostenible este
reglamento es hecho con el propósito de mejorar el medio ambiente evitando la
degradación o contaminación del bosque de San Antonio Tlaltecahuacan, Amecameca
en el Estado de México.
CAPITULO
1
DISPOSICIONES
GENERALES
Articulo
1.-Corresponde a la comunidad del bosque de San Antonio Tlaltecahuacan,
Amecameca en el Estado de México, la aplicación, vigencia y cumplimiento de este reglamento de lo
contrario será sancionado por la misma población al no reconocer este
reglamento como parte de su patrimonio.
Artículo
2.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de observancia
general para la comunidad del bosque de San Antonio Tlaltecahuacan, Amecameca
en el Estado de México para generar hábitos para cuidar y preservar su bosque.
Artículo
3.- En el Ingreso al bosque de San Antonio Tlaltecahuacan deberán ser
acatadas las normas y sanciones contenidas en este reglamento.
Artículo
4.-El reglamento tendrá validación al ser difundido por la misma población así
como sus sanciones.
CAPITULO
2
OBJETIVOS
GENERALES
Artículo
5.- Se deberá promover el reciclaje en
la comunidad para generar un hábito dentro y posteriormente fuera de ella de lo
contrario la sanción es interna por no reconocerlo y validarlo.
Artículo
6.- El cuidado y preservación del bosque así como el dinero reunido por las
sanciones que sean pertinentes para las personas de esta comunidad será para el
uso de esta y el mejoramiento de no ser
así las personas encargadas serán sustituidas y posteriormente tendrán que
devolver el dinero.
Artículo
7.- Evitar quemar basura, hojas y otros objetos, así como hacer fogatas en el
bosque de San Antonio Tlatecahuacan debido a la gran taza de incendios
forestales de lo contrario serán
acreedores de una sanción que dependerá de la población.
Artículo
8.- Para una mejor preservación del suelo se debe regar las plantas y el huerto
siempre con agua limpia, para evitar contaminantes vertidos en la tierra que
pueden ocasionar degradación del suelo de lo contrario será acreedor a una
sanción monetaria la cual derivara del
problema causado y posteriormente el dinero recaudado será para el uso y
conservación del bosque.
Artículo
9.- Queda prohibida la tira de basura dentro y fuera de los alrededores del
bosque de San Antonio Tlatecahuacan de lo contrario la persona o personas serán
acreedores a una sanción monetaria por cada objeto desechado en caso de que sea
difícil la extracción de ello.
Artículo
10.- las personas de la comunidad tienen la responsabilidad de reciclar,
reducir y reutilizar los objetos desechados y posteriormente siendo utilizados
para enotecnias de lo contrario están faltando al artículo 9 del capítulo 2.
A continuación el equipo de Eco potros les hablara un poco mas de este reglamento
Esperamos y les agrade este vídeo.
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